Marzo  12, 2021

Episodio : La teoria del titulo y modo

Breve explicación
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00:00:00 - Muy buenas tardes a todos, mi nombre es John P. Seca de González, de III C&M III, de Derecho Vivo en la Universidad de Rafa Unidas.

00:00:11 - Hoy hablaremos de la teoría del título y modo.

00:00:18 - Tenemos como objetivo de identificar y comprender los títulos y los modos de adquirir los derechos regales

00:00:25 - En el cual el estudiante de mi persona debo exponer un podcast en el cual explico la teoría del título Inmode.

00:00:34 - Bueno, sin más que hablar, iniciamos.

00:00:40 - Bueno, empezamos con la definición.

00:00:45 - Se preguntan qué es título Inmode.

00:00:48 - Bueno, esta teoría se trata de un sistema encargado de la transmisión de la propiedad de las cosas que requiere la celebración de un contrato y la posterior entregada de la cosa que se requiere transmitir.

00:01:04 - Si esto es bueno, vamos a decir que sin que sea suficiente cualquiera de las dos por separado.

00:01:13 - Bueno, esta teoría empieza en Roma, surgió allí en donde la forma más común de adquirir una propiedad era entregar el artículo transferido si es un artículo inmueble o ingresar al patrimonio si es el artículo real o por decirlo en la entrada en la finca, si la cosa era el mueble.

00:01:47 - Bien, el acto puede ser una entrega ficticia, pero bueno, siempre es condición necesaria para la transición de la propiedad, para que la propiedad sea transferida es primordialmente necesario que la entrega tenga una razón legítima, es decir, causalidad tradicional o causa, hecho.

00:02:10 - Estas razones incluyen el contrato de venta, por lo que el vendedor entrega de acuerdo con sus obligaciones contractuales.

00:02:18 - La teoría del título y el modo en sí lo que nos indica es que ni basta solo con la entrega ni solo con el contrato.

contrato. Siempre es necesario con contrato previo, dejen la constancia del por qué se realiza la entrega. De esta manera, pues cuando la entrega no se transmite la propiedad cuando se celebra un contrato de arrendamiento, pero sí cuando el objetivo del contrato previo era transmitir la propiedad. Por ejemplo, podemos poner el caso un ejemplo a compraventa. Y bueno, si hubo entrega pero en lo contrato no se transmitirá la propiedad. Espero que les haya gustado esto fue una breve explicación de la teoría del título. Muchas gracias.

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