Marzo  19, 2021

Episodio : Argumentos a favor y en contra del proyecto de Acto Legislativo

Se da una discusión con argumentos a favor y en contra con respecto al proyecto de Acto Legislativo para que se incluya en la Constitución un artículo en el que expresamente se prohíba la adopción de menores de edad por parte de parejas de mismo sexo.
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y sean bienvenidos a otra misión de debates del Constituyente Ordinario del Programa Hora 20.

00:00:05 - Mi nombre es María José Castro y en el programa de hoy discutiré algunos argumentos en Pro y en Contra sobre el proyecto de acto legislativo con mi compañero Joé Lara, donde el señor Rodrigo Rodríguez del Partido Político Creemos presentó para que se incluya en la Constitución un artículo en el que expresamente se prohibió la adopción de menores de edad por parte de parejas del mismo sexo.

bienvenido. Buenas tardes Mariano en este momento quiero dar una posición o defender la posición del senador. El senador se encuentra en su labor como senador él es el representante de una comunidad que lo eligió comunidad que lo eligió bajo ciertos valores y principios que en los que ellos se sientan representados hacia él.

00:00:51 - Básicamente el derecho a elegir y ser elegido en favor de la población que lo elegimos. Y para él, su razonamiento tiene sustentro de la

00:01:04 - Constitución en donde la soberanía reside en el pueblo.

00:01:08 - Veamos tener en cuenta que, según el artículo primero de la

00:01:12 - Constitución, el Estado colombiano es pluralista, aceptando así la multiplicidad de formas de vida, de sistemas de comprensión del mundo y de de seriedad actuar. Además de que también reconoce la diversidad étnica y cultural, pero que por desarrollos jurisprudenciales las decisiones legales no pueden ser determinantes por una cultura o grupo mayoritario. Además de que en como es en este caso las parejas del mismo sexo tienen una protección mayoritaria por ser un grupo minoritario. Sí, pero a pesar de la protección que le que ha desarrollado la corte a los grupos minoritarios, no se debe sobreponer siempre a la minoría, se debería ponderar entonces qué derechos hay en Pugna y en este momento siento yo que el aceptar la opción en pleno genera una respuesta social que desembocará en detrimir el orden social con con la percepción de la población hacia que tienen un congreso que no los representan.

00:02:22 - Generaría inseguridad en el estado. No debe darse un cambio. Creo que no debe darse un cambio legislativo en este momento. Y si debe hacerse, es muy pronto.

00:02:31 - Si tenemos en cuenta algunos artículos como el séptimo y el número 19, donde se reconoce el estado, la diversidad, étnica y cultural, además de la libertad de cultos, tener en cuenta que la moral social en este caso se está bien afectada por cualquiera de las dos partes puesto que para las parejas del mismo sexo se les está prohibiendo la libertad del su desarrollo además de su libertad de expresión también debemos tener en cuenta que aquí el punto central son los menores y ellos tienen derecho a crecer en un ambiente de felicidad, amor y comprensión es decir en el seno de la familia y esto se ve reflejado en los cuatro informes además de todo el proceso que se tiene durante antes y después de la adopción ya que se realizan como ya dije varios informes además de un seguimiento durante dos años de cuáles son las reacciones, los estímulos y el desarrollo del menor. Sin embargo, estamos entrando en campo inexplorado. Dejar que la adopción de parejas homoparentales se dé es exponer a un posible riesgo al menor que consta de una especial protección constitucional porque no se sabe qué tanto afectará en realidad esto su bien y los controles posteriores que se hacen sólo informarán del daño que ya el menor ha recibido de manera psicológica. Debe protegerse de este daño a futuro. Además que debemos recordar que según el artículo 42 de la Constitución, la familia es el núcleo fundamental y este artículo establece que es el hombre y la mujer quienes constituyen la familia. Sí, pero según la sentencia 577 del 2011 podemos ver que el constituyente en este caso estuvo un poco errado puesto que si se habla de familia pero es hablándose de que las relaciones se tienen que basar en la igualdad de derechos y hebres de la pareja y en el respeto recíproco entre todos sus integrantes no hablando exactamente de qué tipo de familia puesto que existen varias y estas son llamadas familias diversas. Además de que ya existe una ley donde la adopción entre parejas del mismo sexo puede hacerse mientras el hijo sea biológicamente de uno de los dos integrantes de la relación, llamándolo familias ensambladas. Bueno María, de verdad muchas gracias por invitarme, recordamos a los que nos escuchan que este debate no es para nosotros construir algo sino para hacerles dar una opinión informada a ustedes de cuál podría ser el posible cambio de futuro en la en nuestra legislación. Gracias y esperamos que se sigan motivando a escucharnos en una próxima misión. Gracias a ti.

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